Condiciones generales de contratación del suministro eléctrico
1. Identificación de la comercializadora
Las presentes condiciones generales regulan los contratos de suministro de energía eléctrica celebrados con:
POLAR COMERCIALIZADORA ELÉCTRICA, S.L.
NIF: B19878578
Domicilio: Calle Xàtiva, 15, escalera 1, planta 6, puerta 12, 46002 València (Valencia)
Teléfono gratuito de atención al cliente: 900 433 102
Correo electrónico: hola@polarenergia.com
Sitio web: https://www.polarenergia.com
En adelante, «POLAR» o «la Comercializadora».
2. Ámbito de aplicación y documentación contractual
Estas condiciones generales se aplican al suministro de electricidad en mercado libre contratado por particulares, autónomos, empresas y comunidades de propietarios.
El contrato está formado por:
- Las condiciones particulares.
- Las condiciones económicas de la tarifa.
- Estas condiciones generales.
- El documento resumen entregado antes de la contratación.
- Los anexos que resulten aplicables, especialmente los relativos al autoconsumo y al derecho de desistimiento.
En caso de contradicción, prevalecerán las condiciones particulares y económicas, siempre que respeten la normativa aplicable y resulten más específicas.
Los datos concretos del cliente, CUPS, dirección del suministro, potencia, modalidad de precio, cuota de gestión, duración, forma de pago y compensación de excedentes se recogerán en las condiciones particulares y económicas.
3. Objeto del contrato
El contrato tiene por objeto el suministro de energía eléctrica por POLAR en el punto identificado en las condiciones particulares.
Cuando el cliente lo autorice, POLAR contratará y gestionará en su nombre el acceso a las redes con la empresa distribuidora. La distribuidora seguirá siendo responsable de la red, la lectura, los equipos de medida cuando sean de su propiedad, la calidad técnica y las interrupciones del suministro.
POLAR no presta servicios de mantenimiento mediante este contrato.
Cuando una tarifa incluya una cuota de gestión, esta formará parte de su estructura económica. Su importe, periodicidad, impuestos y condiciones figurarán expresamente en las condiciones particulares.
4. Titularidad y uso del suministro
El titular del contrato deberá ser el usuario efectivo de la energía y disponer de título legítimo sobre la vivienda, local o instalación.
La energía deberá utilizarse exclusivamente en el punto de suministro contratado. No podrá cederse ni venderse a terceros, salvo en los casos autorizados por la normativa.
El cliente deberá comunicar cualquier modificación de la titularidad, dirección de contacto, uso del suministro o circunstancia que afecte al contrato.
El cambio de titular requerirá la aceptación del nuevo titular y la documentación necesaria. El nuevo titular no asumirá las deudas anteriores salvo aceptación expresa o disposición legal.
5. Contratación y consentimiento
El contrato podrá formalizarse:
- Mediante firma electrónica.
- Mediante contrato impreso firmado.
- Por cualquier otro medio válido que permita acreditar la identidad, información recibida y consentimiento del cliente.
Antes de contratar, POLAR facilitará un documento resumen separado, redactado de forma clara, con las principales condiciones del suministro.
POLAR conservará la documentación que acredite la contratación, la entrega o lectura del documento resumen y el consentimiento efectivo del cliente durante los plazos legalmente exigibles.
La solicitud podrá quedar condicionada a su aceptación por la distribuidora, a la comprobación de los datos aportados y al cumplimiento de los requisitos técnicos y administrativos del punto de suministro.
6. Acceso a la red y representación
Salvo que las condiciones particulares indiquen lo contrario, el cliente autoriza a POLAR para actuar en su nombre ante la distribuidora y realizar las gestiones necesarias para:
- Cambiar de comercializadora.
- Contratar o modificar el acceso a la red.
- Consultar los datos necesarios del punto de suministro.
- Comunicar altas, bajas y modificaciones.
- Gestionar potencia, peajes, autoconsumo y equipos de medida.
- Solicitar la suspensión o reconexión cuando proceda legalmente.
Esta autorización queda limitada a las actuaciones necesarias para ejecutar el contrato.
Los derechos regulados que cobre la distribuidora por altas, modificaciones, actuaciones sobre equipos, desconexión o reconexión podrán trasladarse al cliente cuando correspondan.
7. Activación y entrada en vigor
El contrato se perfecciona con su aceptación por las partes, pero el suministro comenzará cuando la distribuidora active el cambio de comercializadora o el acceso a la red.
POLAR tramitará el cambio en los plazos reglamentarios. La fecha efectiva puede depender de la distribuidora, de la situación administrativa y técnica del punto y de la corrección de los datos aportados.
Hasta que se produzca la activación, el suministro continuará sujeto al contrato anterior, si existe.
Si la distribuidora rechaza la solicitud, POLAR informará al cliente y solicitará, cuando sea posible, la documentación necesaria para subsanarla.
8. Duración, prórroga y terminación
La duración será la establecida en las condiciones particulares. Salvo indicación diferente, será de un año y se prorrogará tácitamente por periodos iguales.
El cliente podrá solicitar la terminación o no renovación por un medio que permita acreditar la comunicación.
Las personas físicas acogidas al segmento tarifario 2.0TD podrán resolver el contrato y sus prórrogas en cualquier momento sin penalización, salvo la posible penalización aplicable a contratos a precio fijo antes de la primera prórroga anual.
En ese supuesto excepcional, solamente podrá exigirse una compensación si la terminación anticipada provoca a POLAR una pérdida económica directa y acreditable. Su importe será proporcional y no podrá superar el 5 % del precio de la energía estimada pendiente de suministro, conforme al método legalmente aplicable.
Para los restantes clientes se aplicarán las condiciones de duración y terminación expresamente recogidas en sus condiciones particulares.
El contrato también podrá terminar por:
- Baja solicitada por el cliente.
- Cambio de comercializadora.
- Cambio de titular con justo título.
- Imposibilidad legal o técnica de continuar el suministro.
- Incumplimiento contractual esencial.
- Impago conforme a estas condiciones y a la normativa.
- Baja del contrato de acceso.
- Las demás causas previstas legalmente o acordadas válidamente.
La terminación no extinguirá las deudas anteriores.
9. Modalidades de precio
La modalidad contratada se identificará en las condiciones particulares y económicas.
9.1. Precio fijo
En las tarifas a precio fijo, los precios del término de potencia y energía serán los indicados en las condiciones económicas y se mantendrán durante el periodo comprometido.
POLAR no podrá modificar unilateralmente esos precios durante su vigencia.
Podrán trasladarse las variaciones de impuestos, peajes, cargos y otros componentes regulados ajenos a POLAR cuando resulte legalmente procedente y se haya informado de ello claramente.
El precio fijo no se actualizará automáticamente por IPC durante el periodo comprometido.
9.2. Precio indexado o revisable
En las tarifas indexadas o revisables, el precio se calculará mediante la fórmula, referencias, costes, márgenes y periodicidad indicados en las condiciones económicas.
Las revisiones se basarán en criterios objetivos, transparentes y previamente aceptados. La variación resultante de aplicar correctamente la fórmula no tendrá la consideración de modificación unilateral.
9.3. Renovación
Si al finalizar el periodo contratado POLAR propone nuevas condiciones, las comunicará con la antelación legalmente exigible.
El cliente podrá no aceptar la renovación y resolver el contrato sin penalización antes de la entrada en vigor de las nuevas condiciones.
10. Conceptos facturables
La factura podrá incluir, según corresponda:
- Energía consumida.
- Término de potencia.
- Cuota de gestión.
- Peajes y cargos.
- Alquiler de equipos de medida.
- Excesos de potencia o energía reactiva.
- Derechos y actuaciones reguladas.
- Compensación de excedentes.
- Impuesto Especial sobre la Electricidad.
- IVA, IGIC u otros tributos.
- Regularizaciones.
- Gastos de devolución o cobro legalmente procedentes.
- Otros conceptos expresamente aceptados.
Los descuentos y promociones tendrán la duración y condiciones indicadas en la oferta. Su aplicación temporal no generará derecho a conservarlos una vez finalizados.
11. Lecturas y facturación
La facturación se realizará de acuerdo con las lecturas facilitadas por la distribuidora y con la periodicidad indicada en las condiciones particulares.
Con carácter general, la lectura será mensual. Cuando no exista lectura remota por causas admitidas legalmente, podrá ser bimestral.
Si no se dispone de lectura real, podrá facturarse un consumo estimado conforme al procedimiento vigente. Cuando se reciba la lectura real se practicará la regularización correspondiente.
El cliente facilitará el acceso al equipo de medida al personal autorizado y podrá comunicar la lectura por los medios habilitados por la distribuidora.
La factura identificará el periodo, consumo, precios, impuestos y conceptos aplicados. Podrá enviarse electrónicamente o en papel según lo acordado y los derechos legalmente reconocidos al cliente.
12. Corrección de errores y regularizaciones
Si se hubieran facturado cantidades inferiores a las debidas, la diferencia podrá regularizarse y prorratearse conforme a la normativa, sin que el periodo rectificado ni el aplazamiento superen los límites legales.
Si se hubieran cobrado cantidades superiores, POLAR devolverá el exceso en la primera factura posterior o por otro medio adecuado, con los intereses que correspondan legalmente.
Cuando el error sea responsabilidad de la distribuidora o del encargado de la lectura, POLAR trasladará la reclamación y aplicará la regularización recibida.
La presentación de una reclamación no suspende por sí sola el pago de las cantidades no discutidas.
13. Forma y plazo de pago
El cliente podrá pagar mediante domiciliación bancaria, transferencia u otro medio admitido en sus condiciones particulares.
El plazo y los datos necesarios para el pago aparecerán en la factura.
En pagos domiciliados, el cliente deberá mantener fondos suficientes y comunicar cualquier cambio de cuenta con antelación.
En pagos por transferencia, deberá indicarse la referencia de la factura y el titular del contrato. El pago se entenderá realizado cuando el importe esté efectivamente disponible en la cuenta indicada por POLAR.
14. Devolución de recibos y gastos de cobro
Cuando un recibo domiciliado sea devuelto por una causa imputable al cliente, POLAR podrá repercutir 10 euros por recibo devuelto en concepto de gastos administrativos y de gestión.
Este importe no se aplicará cuando la devolución derive de un error de POLAR, de la entidad bancaria o de una reclamación justificada.
En contratos con consumidores, el importe repercutido no podrá superar el coste razonable efectivamente ocasionado. Si dicho coste fuera inferior a 10 euros, se limitará al importe justificable.
Las actuaciones adicionales de recobro solamente podrán generar gastos reales, proporcionados, acreditables y legalmente exigibles.
En operaciones comerciales con empresas o profesionales podrán aplicarse los intereses de demora y costes de cobro previstos en la Ley 3/2004 cuando resulte aplicable.
Los gastos e intereses se mostrarán separados e identificados en la factura o liquidación.
15. Impago
La factura vencida y no abonada generará una deuda cierta, vencida y exigible, sin perjuicio del derecho del cliente a formular una reclamación.
POLAR podrá reclamar:
- El principal pendiente.
- Los gastos de devolución previstos.
- Los intereses legal o contractualmente procedentes.
- Los costes adicionales de cobro reales y acreditables.
- Los gastos regulados de desconexión y reconexión.
POLAR remitirá el correspondiente requerimiento de pago mediante un procedimiento que permita acreditar su recepción, fecha y contenido cuando así lo exija la normativa.
El impago no quedará convalidado por su inclusión en una factura posterior ni por la aceptación de pagos parciales.
16. Suspensión del suministro por impago
La suspensión se realizará únicamente conforme al procedimiento legal aplicable al tipo de cliente y suministro.
16.1. Vivienda habitual de una persona física con potencia igual o inferior a 10 kW
Se aplicará el procedimiento especial previsto para consumidores domésticos, consumidores vulnerables y beneficiarios del bono social.
POLAR respetará los requerimientos, comunicaciones a los servicios sociales, plazos, prohibiciones de corte y demás garantías previstas legalmente.
No se suspenderán los suministros protegidos o declarados esenciales.
16.2. Restantes consumidores
POLAR podrá solicitar la suspensión cuando exista una deuda vencida, exigible y no atendida después del correspondiente requerimiento.
Cuando se trate de una persona física en su vivienda habitual, se concederá un preaviso mínimo de un mes.
La suspensión no se programará en festivo, en víspera de festivo ni en un día en el que no existan servicios de atención comercial y técnica para tramitar la reconexión.
La suspensión no extingue la obligación de pagar las cantidades pendientes.
17. Reconexión y resolución por impago
Una vez acreditado el pago de la deuda, los intereses y los derechos de reconexión procedentes, POLAR solicitará la reposición dentro de los plazos legales.
En viviendas habituales de personas físicas con potencia igual o inferior a 10 kW, POLAR solicitará la reconexión a la distribuidora en un máximo de doce horas desde que tenga constancia del pago. La reconexión deberá hacerse efectiva dentro del plazo reglamentario.
En los demás suministros se aplicarán las condiciones pactadas y los plazos legales de actuación de la distribuidora.
Cuando el suministro permanezca suspendido durante más de dos meses o concurra otra causa legal o contractual de resolución, POLAR podrá resolver el contrato y solicitar la baja del acceso y la desconexión definitiva.
El impago reiterado podrá considerarse incumplimiento esencial cuando, tras los requerimientos correspondientes, persistan cantidades vencidas y exigibles. La resolución y baja definitiva respetarán siempre las protecciones aplicables a viviendas habituales, consumidores vulnerables y suministros esenciales.
La suspensión, resolución o baja no extingue la deuda ni impide su reclamación judicial o extrajudicial.
18. Equipos de medida
Los equipos deberán cumplir las condiciones técnicas y de seguridad establecidas legalmente.
El cliente será responsable de su adecuada custodia cuando se encuentren en sus instalaciones y no podrá manipularlos ni impedir su lectura, inspección o mantenimiento.
El alquiler, instalación, sustitución y verificación se regirán por la normativa y por las condiciones de la distribuidora.
Cualquier anomalía deberá comunicarse a POLAR o a la distribuidora. La manipulación o fraude podrá dar lugar a regularización, suspensión, resolución y demás responsabilidades legalmente previstas.
19. Calidad y continuidad del suministro
La calidad técnica y continuidad de la electricidad corresponden a la distribuidora.
POLAR tramitará ante ella las incidencias y reclamaciones que reciba. Las interrupciones, deficiencias o incumplimientos de calidad darán lugar, cuando proceda, a los descuentos, compensaciones o indemnizaciones establecidos legalmente.
POLAR responderá de sus propias obligaciones de atención, contratación y facturación, pero no de interrupciones o defectos imputables a la red, a terceros, a fuerza mayor o a las instalaciones del cliente.
Lo anterior no limitará los derechos imperativos del consumidor.
20. Obligaciones del cliente
El cliente se obliga a:
- Facilitar información veraz, completa y actualizada.
- Pagar las facturas en plazo.
- Usar la energía conforme al contrato.
- Mantener sus instalaciones en condiciones reglamentarias.
- Permitir el acceso al equipo de medida al personal autorizado.
- No manipular equipos ni realizar conexiones irregulares.
- Comunicar cambios de titularidad, contacto, cuenta bancaria o uso.
- Informar de cualquier circunstancia que afecte al autoconsumo.
- Disponer de título legítimo sobre el punto de suministro.
- Colaborar en la corrección de errores administrativos o técnicos.
21. Obligaciones de POLAR
POLAR se obliga a:
- Suministrar la energía en los términos contratados.
- Tramitar el acceso y las solicitudes ante la distribuidora.
- Emitir facturas claras y desglosadas.
- Proteger los datos y la información del cliente.
- Atender consultas, quejas y reclamaciones.
- Informar de las condiciones económicas y contractuales.
- Mantener un teléfono gratuito y canales de atención.
- No modificar unilateralmente el contrato ni resolverlo antes del vencimiento, salvo causa legal o contractual válida.
- Entregar la liquidación final dentro del plazo máximo legal.
- Conservar la documentación acreditativa del consentimiento.
22. Autoconsumo y compensación de excedentes
Cuando el punto esté acogido a autoconsumo, se aplicará la modalidad indicada en las condiciones particulares y la normativa vigente.
El cliente deberá disponer de las autorizaciones, inscripciones, equipos, contratos y configuraciones exigibles. También deberá comunicar cualquier modificación de la instalación.
La activación del autoconsumo y de la compensación depende de la tramitación y validación por la distribuidora y, cuando corresponda, por las administraciones y demás sujetos participantes.
El precio o fórmula de compensación de excedentes se indicará en las condiciones económicas.
En la compensación simplificada, el valor de los excedentes no podrá superar el valor económico de la energía tomada de la red en el periodo de facturación, antes de impuestos, conforme a la normativa.
Los excedentes no compensados no generarán un saldo acumulable ni un derecho de cobro, salvo que las condiciones particulares establezcan válidamente otro mecanismo permitido.
POLAR no responderá de retrasos o datos incorrectos imputables a la distribuidora, al gestor del autoconsumo, a otros participantes o a una instalación no correctamente legalizada, sin perjuicio de su obligación de tramitar las incidencias que correspondan.
23. Modificaciones contractuales y regulatorias
POLAR no modificará unilateralmente las condiciones contractuales durante el periodo comprometido.
Las variaciones derivadas directamente de impuestos, peajes, cargos u otros conceptos regulados podrán trasladarse cuando sea legalmente procedente y se hayan definido transparentemente.
En contratos indexados o revisables, no tendrá consideración de modificación unilateral la aplicación correcta de la fórmula previamente aceptada.
Cualquier propuesta de cambio para un nuevo periodo contractual se comunicará con la antelación exigida, explicando su alcance y la fecha de aplicación.
Cuando una modificación permita legalmente la resolución sin penalización, POLAR informará expresamente de ese derecho y del procedimiento para ejercerlo.
24. Cambio de comercializadora y liquidación final
El cliente tiene derecho a cambiar de comercializadora conforme a la normativa.
POLAR no aplicará cargos por el cambio, sin perjuicio de una compensación por terminación anticipada cuando esté expresamente permitida.
Finalizado el contrato, POLAR emitirá la liquidación final en un plazo máximo de 42 días desde el cambio de comercializadora, una vez recibidos los datos necesarios de la distribuidora.
Las regularizaciones posteriores justificadas podrán facturarse dentro de los límites legales.
25. Atención al cliente y reclamaciones
El cliente puede formular consultas, incidencias, quejas y reclamaciones mediante:
Teléfono gratuito: 900 433 102
Correo electrónico: hola@polarenergia.com
Dirección postal: Calle Xàtiva, 15, escalera 1, planta 6, puerta 12, 46002 València (Valencia)
Las reclamaciones electrónicas recibirán un acuse de recibo con la fecha, hora y número o referencia de la solicitud.
POLAR responderá en el plazo legal aplicable. Si la reclamación se refiere a actuaciones de la distribuidora, POLAR la trasladará y comunicará la respuesta recibida.
El cliente puede acudir a los organismos de consumo, órganos autonómicos competentes en energía, tribunales y demás autoridades que resulten competentes.
26. Protección de datos
POLAR tratará los datos personales para gestionar la contratación, suministro, facturación, cobro, atención al cliente, reclamaciones y obligaciones legales.
La base jurídica será la ejecución del contrato, el cumplimiento de obligaciones legales y, cuando corresponda, el consentimiento o el interés legítimo.
Los datos podrán comunicarse a distribuidoras, operadores del sistema, entidades bancarias, administraciones, proveedores encargados del tratamiento y demás destinatarios cuando resulte necesario o exista obligación legal.
POLAR podrá consultar sistemas de información crediticia cuando se cumplan los requisitos legales y se haya facilitado la información previa correspondiente.
Los datos se conservarán durante la relación contractual y, posteriormente, bloqueados durante los plazos legales.
El interesado puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad escribiendo a hola@polarenergia.com.
La información completa se encuentra en la Política de privacidad publicada en https://www.polarenergia.com.
27. Comunicaciones
Las comunicaciones podrán realizarse mediante correo postal, correo electrónico, teléfono, SMS, área de clientes u otro soporte duradero indicado por el cliente.
El cliente deberá mantener actualizados sus datos de contacto.
Las notificaciones que deban acreditar recepción, fecha y contenido se enviarán mediante un medio adecuado para ello.
Las comunicaciones comerciales requerirán una base jurídica independiente y no se entenderán autorizadas por la mera contratación del suministro.
28. Contratación a distancia y desistimiento
Cuando el cliente sea consumidor y el contrato se celebre a distancia o fuera del establecimiento, dispondrá de catorce días naturales para desistir sin necesidad de justificar su decisión.
El plazo comenzará el día de celebración del contrato.
Para ejercer el desistimiento podrá enviar una declaración inequívoca o utilizar el formulario incluido al final de estas condiciones.
Si el consumidor solicita expresamente que la activación comience durante el plazo de desistimiento y posteriormente desiste, deberá abonar la parte proporcional del servicio efectivamente prestado hasta su comunicación.
Cuando el suministro haya sido completamente ejecutado dentro del plazo de desistimiento, el derecho solo se perderá si concurren todos los requisitos legales, incluida la petición y aceptación expresa del consumidor.
El desistimiento no impedirá reclamar cantidades correspondientes al suministro realmente prestado.
29. Fuerza mayor
Ninguna parte responderá de incumplimientos debidos a acontecimientos imprevisibles o inevitables fuera de su control, sin perjuicio de las obligaciones y compensaciones que la normativa eléctrica o de consumo establezca.
La parte afectada adoptará medidas razonables para limitar las consecuencias y reanudar el cumplimiento.
30. Nulidad parcial
Si una cláusula fuera declarada nula, inaplicable o contraria a una norma imperativa, se tendrá por no puesta y no afectará al resto del contrato.
La cláusula se interpretará o sustituirá por una disposición válida que se aproxime a su finalidad sin reducir los derechos legalmente reconocidos.
31. Legislación y jurisdicción
El contrato se regirá por la legislación española y, especialmente, por la normativa del sector eléctrico, consumidores, contratación y protección de datos.
Cuando el cliente tenga la condición de consumidor, serán competentes los tribunales que determine la normativa de consumo, sin que estas condiciones impliquen renuncia a su fuero legal.
En contratos con empresas o profesionales que no tengan la condición de consumidores, las partes se someterán a los juzgados y tribunales que resulten competentes conforme a la normativa procesal, salvo que las condiciones particulares establezcan válidamente otro fuero.
32. Publicación y actualización
La versión vigente de estas condiciones estará disponible en el sitio web de POLAR.
Las actualizaciones no alterarán los contratos en vigor salvo aceptación del cliente, habilitación legal o aplicación de una disposición obligatoria.
Última actualización: 11 de agosto de 2026.
Formulario de desistimiento
Este formulario solamente debe cumplimentarse y enviarse si desea desistir del contrato.
A la atención de:
POLAR COMERCIALIZADORA ELÉCTRICA, S.L.
Calle Xàtiva, 15, escalera 1, planta 6, puerta 12
46002 València (Valencia)
Correo electrónico: hola@polarenergia.com
Por la presente comunico que desisto de mi contrato de suministro eléctrico.
Nombre y apellidos:
DNI/NIE:
CUPS:
Dirección del suministro:
Fecha de contratación:
Fecha de la solicitud:
Firma, únicamente si se presenta en papel: